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En base a la leyes «de igualdad», el TSJC anula el plus de ‘nocturnidad’

Iniciado por Cocito, Ago 27, 2021, 17:55

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Cocito

Canarias: En base a la leyes «de igualdad», el TSJC anula el plus de 'nocturnidad' y la categoría de peón

La jueza no actúa por libre con este insólito laudo, ha aplicado las últimas reformas legislativas introducidas por Irene Montero.

El Boletín de Igualdad Empresa, publicado el año pasado por el Ministerio de la Presidencia, dice que dos trabajos pueden tener igual valor aunque sus condiciones, sus requisitos, sus responsabilidades y su nivel de esfuerzo exigido sean distintos.

Polémico laudo dictado en base a polémicas leyes.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha estimado parcialmente un recurso del comité de empresa de la concesionaria que lleva el servicio municipal de la recogida de la basura en Telde. Declara que las dos entidades que han gestionado este contrato en los últimos años, primero FCC, y después la UTE Telde, de Valoriza Servicios Ambientales y Hermanos Santana Cazorla, han vulnerado el derecho fundamental a la no discriminación por razón de sexo en relación al personal adscrito a la categoría de peón.

En fallo fue dictado el pasado 27 de julio de 2021. La sala declara nula esa categoría de peón y obliga a que las retribuciones que perciben los trabajadores para la categoría de peón polivalente se extiendan a los que hasta ahora eran contratados como peones.

El TSJC revoca parcialmente el fallo de la sentencia de primera instancia, emitida por el Juzgado de lo Social número 10 de Las Palmas de Gran Canaria, al constatar que en este servicio público se está produciendo « una discriminación salarial por razón de sexo derivada del establecimiento de categorías diferentes para el desempeño de trabajos de igual valor».

Según la magistrada María Jesús García, se traduce en «un impacto salarial adverso que redunda mayoritariamente en las mujeres». La juez ve probada la feminización de la categoría inferior, la de peón, con un 76,7% de mujeres a 31 de enero de 2020 y hoy en día, y la masculinización de la superior, con un 90,90% hombres.

En Canarias al parecer no se distingue bien, por ejemplo, entre peón basurero y peón barrendero, por lo que el plus (exiguo, insignificante) de los basureros de noche- en constante contacto con la basura- respecto a los barrenderos de día vendría dado en concepto de nocturnidad.

El único requisito que se pide para considerar que dos trabajos tienen el mismo valor es que, muy a grandes rasgos, la función sea la misma, sin tener en cuenta pluses o categorías distintas.

Este es el criterio del Gobierno y la jueza lo cita de forma literal en la sentencia.

¿Qué pasará ahora que un trabajador nocturno y diurno cobran lo mismo por un trabajo que no es igual dependiendo de cuándo se realice? ¿Quién va a preferir trabajar de madrugada pudiendo hacerlo de mañana?

Seguramente, la empresa y los trabajadores no tengan más remedio que acatar la sentencia, pero la injusticia y el agravio son más que notables.

Lo que va a pasar ahora es que los turnos de noche se repartiran entre todos, y a esas mujeres les tocará trabajar de noche gracias al "feminismo" y me huelo los no tengo con quien dejar a mi hijo por la noche etc ...